La Ley Nº 30012, publicada el día de ayer 26 de abril-2013, en el Diario El Peruano, establece el Derecho a Licencia con goce de haber para los trabajadores públicos y privados, que se encuentren con familiares directos (hijos, padre o madre, cónyuge o conviviente) con enfermedades en estado grave o terminal, o que sufran accidentes que pongan en riesgo sus vidas. La licencia con goce de haber referida será otorgada por el plazo máximo de siete (7) días. En caso, de ser necesarios más días de licencia estos serán concedidos a cuenta del periodo vacacional, hasta un máximo de treinta (30) días.
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